Sí, la cuota alimentaria baja si un hijo se muda con el papá, confirma fallo judicial

Sí, la cuota alimentaria baja si un hijo se muda con el papá, confirma fallo judicial

Sí, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCJPBA) ratificó la decisión de reducir la cuota alimentaria que el progenitor abona a la madre, basándose en el hecho de que su hija mayor se mudó a vivir con él.

Fundamento de la Reducción

La SCJPBA rechazó el recurso de la madre y confirmó la sentencia de Cámara que disminuyó la cuota alimentaria del 35% al 28% de los ingresos netos del progenitor. La reducción se basa en el principio de que el progenitor compensa la merma en el aporte monetario con un incremento en los deberes de asistencia y cuidado en especie.

La Compensación en Especie

La decisión se centró en el hecho sobreviniente de que la hija mayor, quien padece diabetes, decidió residir con su padre después de la sentencia inicial. El alto tribunal avaló que la disminución del aporte en dinero se correlaciona con:

  • Incremento del Cuidado y Asistencia: El padre asumió los mayores cuidados, erogaciones y el aporte «en especie» que implica la convivencia diaria.
  • Aportes en Especie: Esto incluye gastos de alimentación, cuidado, supervisión y atención cotidiana.
  • Gastos de Salud Específicos: El padre solventa la cobertura de la obra social OSDE para todos sus hijos y se hace cargo de los gastos específicos de la enfermedad (Diabetes tipo I, insulinodependiente) que padece su hija mayor.

El fallo reafirma que la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental se satisface tanto mediante la prestación dineraria como a través del cuidado personal y las erogaciones en especie, a los cuales se les reconoce un valor económico que debe ser considerado en el cálculo final de la cuota.

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