La Ley Ómnibus presenta cambios drásticos en la educación superior, introduciendo la posibilidad de cobrar a estudiantes extranjeros sin residencia permanente.
El presidente Javier Milei, a través de la Ley Ómnibus, propone modificar la gratuidad de los estudios de grado en instituciones de educación superior de gestión estatal para estudiantes extranjeros. El artículo 553 del proyecto establece que los estudiantes extranjeros sin residencia permanente en Argentina podrían estar sujetos a aranceles por los servicios de enseñanza de grado o trayectos educativos.
La propuesta sugiere la sustitución del artículo 2° bis de la Ley N°24.521 para permitir a las instituciones de educación superior de gestión estatal y universidades nacionales establecer aranceles para estudiantes que no cumplan con los requisitos de residencia. Se destaca que podrían otorgarse becas en casos de acuerdos o convenios con otros Estados, instituciones u organismos, fomentando intercambios educativos.
El mismo artículo elimina la prohibición de suscribir acuerdos que involucren la oferta de educación como un servicio lucrativo o que alienten formas de mercantilización. Además, aborda la distribución de aportes económicos del Estado en función del número de estudiantes matriculados, tipo de carrera y área de formación.
Se subraya la necesidad de una distribución transparente y pública, junto con mecanismos de seguimiento y evaluación para garantizar la eficiencia en el uso de los recursos públicos. El texto también asegura que el aporte del Estado no puede ser disminuido ni reemplazado por recursos adicionales no contemplados en el presupuesto anual general.
La propuesta marca un cambio significativo en la política educativa, generando debate sobre el acceso a la educación superior y la inclusión de estudiantes extranjeros en el sistema educativo argentino. La Ley Ómnibus continúa siendo objeto de análisis y discusión en el Congreso.