Ediles capitalinos aprobaron nuevo cuadro tarifario para taxis y radiotaxis

Ediles capitalinos aprobaron nuevo cuadro tarifario para taxis y radiotaxis
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La bajada de bandera diurna se fijó en $ 800 y la bajada de bandera nocturna en $ 1.000 (desde las 23 hasta las 6 de la mañana).

En la sesión de ayer, los ediles capitalinos aprobaron el pedido de readecuación tarifaria que habían presentado días atrás los trabajadores de la Federación Argentina de Taxis y Radiotaxis.

Asimismo, tras la aprobación mediante votación unánime en esta readecuación tarifaria, se aprobó el siguiente cuadro tarifario: La bajada de bandera diurna costará $ 800; la bajada de bandera nocturna será de $ 1.000, a partir de las 23, por los 100 metros de recorrido a $ 80 y el mismo precio por minuto de espera en horario diurno; por los 100 metros de recorrido $ 100 y el mismo precio por minuto de espera en horario nocturno.

Ante ello, se estableció la «tarifa diferenciada» para el servicio de taxis y radiotaxis equivalente a la tarifa nocturna, la cual se aplicará las 24 horas, únicamente los días domingos y feriados municipales. Asimismo, se estableció la obligatoriedad de la entrega del ticket respectivo desde los vehículos afectados al servicio de taxis y radiotaxis.

Y también se estableció la obligatoriedad de colocar un chip en las tickeras de uso habitual, de tal manera que las mismas no sean manipuladas en forma manual para el cobro de las tarifas establecidas; se aplicará únicamente la tarifa 1 (diurna).

En tales considerandos del proyecto destacan la automaticidad de las tickeras de lunes a sábado, en cuanto al uso de la tarifa nocturna, a partir de las 23 y hasta las 6; los días domingos y feriados, lo que resulta beneficioso tanto para el conductor como para el pasajero.

Y como otro punto dentro de la orden del día, aprobaron el pedido para extender la antigüedad de los vehículos con respecto a las habilitaciones correspondientes para su circulación: que la unidad tenga una antigüedad de diez (10) años al momento de solicitar la primera habilitación y supere sin observaciones la inspección técnica vehicular pertinente. La antigüedad máxima permitida para los móviles para la prestación del servicio será de quince (15) años, aun cuando la unidad pueda superar la revisación técnica vehicular.

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