La Justicia ordenó a Luis Caputo informar sobre el acuerdo con el FMI

La Justicia ordenó a Luis Caputo informar sobre el acuerdo con el FMI
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Un fallo judicial obliga a Economía a entregar, en 5 días, el expediente que aprobó el crédito de U$S 20.000 millones con el FMI, con todos sus anexos y documentos.

El juez federal de Dolores, Martín Bava, ordenó al Ministerio de Economía entregar en un plazo de cinco días hábiles el expediente completo del DNU 179/2025, que autorizó un crédito de 20.000 millones de dólares con el Fondo Monetario Internacional (FMI). La decisión se dictó en el marco de un amparo presentado por la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

En su resolución, el magistrado subrayó que “en una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible”.

El caso

El 27 de junio de 2025, Francisco Verbic, abogado en causa propia e integrante de la CAIP, junto a Leonel Bazan y Diego Morales, del CELS, presentaron la acción de amparo contra el Estado Nacional, solicitando que se declare la ilegalidad de la negativa del Ministerio de Economía a brindar acceso a la información completa sobre el decreto que aprobó las operaciones con el FMI.

El pedido judicial incluía todos los archivos, anexos y documentación relacionada con el expediente EX-2025-24205368-APN-DGDA#MEC, así como cualquier actuación conexa al mismo.

Violación de la Ley de Acceso a la Información Pública

Según los organismos, el Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, violó la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública, al intentar dilatar y derivar el pedido a un procedimiento administrativo, buscando eludir su obligación de entregar el expediente ante la Justicia.

El juez Bava sostuvo que “el Estado debe acatar la ley que garantiza el acceso a la información pública, sancionada en democracia y con amplio consenso, por sobre la normativa que regula el proceso administrativo, dictada en un gobierno de facto”.

El fallo reafirma que el derecho al acceso a la información es esencial para el control democrático de decisiones estatales, especialmente en políticas económicas de alto impacto, como la firma de un acuerdo con el FMI.

Principios fundamentales de la Ley 27.275

La resolución remarca que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información pública, sin necesidad de justificar la solicitud ni acreditar un interés especial. El juez recordó que la Ley 27.275, sancionada en democracia, prevalece sobre el régimen general de procedimientos administrativos.

Asimismo, el fallo incorpora criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que establece que “la información pública no pertenece al Estado, sino al pueblo de la Nación Argentina”, y que “la sola condición de integrante de la comunidad resulta suficiente para justificar la solicitud”.

De esta manera, la decisión judicial garantiza que el expediente sobre el DNU 179/2025 sea accesible a la ciudadanía, cumpliendo con un derecho fundamental y con los principios de transparencia y control democrático sobre las decisiones del Estado.

Con información de M1

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