El Juzgado Federal de Catamarca, a cargo del juez subrogante Dr. Guillermo A. Díaz Martínez, hizo lugar a un recurso de amparo colectivo presentado por la Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero, encabezada por el Dr. Daniel Escobar Correa.
El fallo ordena a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) la restitución de todas las 130.000 pensiones no contributivas por discapacidad que fueron suspendidas o retenidas a nivel nacional en base al decreto 843/24.
Disposiciones Clave del Fallo
El dictamen, que tiene efecto expansivo para todos los titulares de la Ley 13.478 afectados, establece:
- Pago Inmediato: La ANDIS debe pagar los haberes retenidos en un plazo de 24 horas desde la notificación, bajo apercibimiento de sanciones.
- Reconocimiento de Propiedad: Se reconoce que el beneficio de la pensión constituye una propiedad del titular y solo puede ser restringido mediante un procedimiento administrativo regular y notificado, el cual no fue presentado por la ANDIS.
- Vía de Hecho: El tribunal determinó que la ANDIS no presentó actos administrativos que justificaran las bajas, configurando una “vía de hecho administrativa”.
- Base Legal: El fallo se sustenta en la acción de amparo colectivo y en la reciente Ley 27.793, que eliminó la exigencia de incapacidad total y la incompatibilidad con empleo registrado para los beneficiarios.
El Defensor del Pueblo de Santiago del Estero, Dr. Escobar Correa, celebró la decisión, calificándola como un «paso histórico» para las personas que fueron vulneradas, y resaltó que la justicia reafirma el principio de no regresividad y la protección reforzada que garantiza la Constitución.

