El Juez Federal de Campana, Adrián González Charvay, ha emitido una resolución crítica que pone al Gobierno Nacional contra las cuerdas respecto a la Ley de Emergencia en Discapacidad. Esta decisión marca un punto de inflexión en el conflicto entre el Poder Ejecutivo y el Congreso por la implementación de políticas de protección social.
1. La Resolución Judicial
El magistrado ha otorgado un plazo perentorio de cinco días hábiles para que el Ejecutivo comience a ejecutar la ley. El fallo es contundente al invalidar el decreto 681/2025, el cual pretendía suspender la vigencia de la norma bajo el argumento de falta de presupuesto.
Funcionarios bajo apercibimiento
Si el plazo expira sin cumplimiento, el juez aplicará astreintes (multas económicas diarias) y evaluará denuncias penales por desobediencia a los siguientes funcionarios:
- Manuel Adorni (Jefe de Gabinete)
- Sandra Pettovello (Ministra de Capital Humano)
- Alejandro Vilches (Titular de la ANDIS)
2. Antecedentes del Conflicto
La Ley de Emergencia fue aprobada en julio de 2024, vetada por el Presidente Javier Milei y posteriormente ratificada por el Congreso. El Ejecutivo intentó frenarla mediante un decreto posterior, alegando que el Poder Legislativo no definió las fuentes de financiamiento. El juez González Charvay desestimó esto, recordando que la Constitución obliga a promulgar y cumplir las leyes una vez que el veto ha sido rechazado.
3. Realidad Crítica de los Prestadores
El informe revela cifras alarmantes sobre la desfinanciación del sector:
- Poder Adquisitivo: Los prestadores han perdido aproximadamente 120 puntos frente a la inflación en el último año y medio.
- Costos Operativos: Se reporta que instituciones de educación especial están recibiendo apenas $3.099 diarios por alumno para cubrir ocho horas de servicio que incluyen desayuno, almuerzo y merienda.
- Atraso en Pagos: Los pagos se efectúan con 60 días de demora, lo que licúa los escasos aumentos otorgados (como el 29% acumulado del último trimestre).
4. Impacto Social
La suspensión de la ley afecta directamente a familias con hijos que poseen el Certificado Único de Discapacidad (CUD), quienes quedan en una situación de vulnerabilidad extrema al no poder garantizar la continuidad de tratamientos y apoyos básicos.
El colectivo de discapacidad sostiene que no existe tal cosa como una «ley suspendida» y que el fallo judicial restablece la supremacía de la ley sobre la voluntad administrativa del Ejecutivo. A partir del 1 de febrero, las sanciones económicas podrían comenzar a hacerse efectivas de manera personal sobre los funcionarios responsables.
