El entrenador Sebastián Corti, sobre quien pesan ocho denuncias formales que abarcan los delitos de violencia de género, amenazas coactivas y tenencia ilegítima de armas de fuego, rompió el silencio tras obtener el beneficio de la excarcelación en los tribunales locales. En lo que constituyó su primera comparecencia obligatoria ante la Oficina de Medidas Alternativas y Sustitutivas (OMAS), el imputado se pronunció de manera pública respecto al estado de la causa penal que instruye el Ministerio Público Fiscal, exhibiendo una postura de distanciamiento afectivo y procesal frente a los crudos relatos de las víctimas que constan en los expedientes judiciales.
El cese de prisión de Corti, concedido por la jueza de Género Norma Morán bajo el dictado de severas reglas de conducta y el pago de una fianza real fijada en 10 millones de pesos, generó un profundo malestar en las querellas particulares, las cuales consideran que la medida pone en riesgo la integridad psicofísica de las denunciantes. El acusado fundamentó su estrategia exculpatoria en las conclusiones de las pericias psicológicas forenses y en material audiovisual aportado por su defensa técnica, con el propósito de desarticular la acusación de Iara Pereyra, quien describió un contexto de sometimiento de casi dos años que incluyó agresiones físicas graves y maltrato psicológico de carácter sistemático.
Los argumentos esgrimidos por el procesado para atenuar la tipificación del vínculo, las derivaciones institucionales por la detención de su anterior representación legal y el recurso de apelación interpuesto ante el Tribunal de Alzada se detallan a continuación.
Estrategia de minimización del vínculo afectivo y la justificación del perfil forense
Durante su presentación ante las autoridades de control jurisdiccional, el titular del gimnasio local estructuró una prolija narrativa defensiva orientada a neutralizar el impacto público del calvario residencial denunciado por Pereyra, el cual incluía un episodio de extrema gravedad donde la joven habría sido empujada por las escaleras de un edificio de departamentos. Corti desestimó la existencia de una relación de pareja formal o de convivencia estable, encuadrando el contacto con la denunciante bajo una categoría de informalidad afectiva para restarle peso específico a la configuración del agravante por el vínculo en el marco de la Ley de Violencia de Género.
La línea argumental con la que el acusado pretende consolidar su situación de libertad ambulatoria se apoya en los siguientes puntos:
- El amparo en las conclusiones preliminares emitidas por el cuerpo de peritos psiquiátricos del Poder Judicial, las cuales, según su interpretación, descartan la presencia de rasgos de hostilidad crónica o un perfil marcadamente violento en su estructura de personalidad.
- La presentación de un soporte audiovisual técnico ante el juzgado de instrucción con el objeto de desacreditar la secuencia temporal y la veracidad material de las lesiones denunciadas por la querella.
- El cumplimiento estricto del perímetro de exclusión de hogar y la orden de «contacto cero» absoluto con las damnificadas, medidas de restricción de papel que el procesado calificó como parte de los estándares normales de cualquier proceso penal en trámite.
Complicidad periférica por la detención de su exdefensora por introducción de estupefacientes
El escenario procesal de Sebastián Corti no se encuentra exento de controversias laterales de índole criminal. Al ser interrogado sobre la reciente detención de su anterior abogada defensora, la letrada Fabiola Arce, el entrenador admitió la existencia de una relación de cercanía de larga data, remontando el conocimiento mutuo a la etapa de la educación secundaria, aunque intentó desvincular de forma tajante su situación de encierro previa con las conductas ilícitas atribuidas a la profesional.
La abogada Arce fue interceptada por el personal de seguridad penitenciaria en momentos en que intentaba ingresar clorhidrato de cocaína fraccionado en el interior de las celdas de detención, lo que motivó la apertura de una causa paralela por infracción a la Ley N° 23.737 bajo la órbita de la Unidad Fiscal de Narcomenudeo. Corti adujo no haber mantenido comunicaciones de carácter técnico ni privado con Arce desde el momento en que recuperó la libertad bajo fianza, concentrando sus esfuerzos logísticos en la reactivación comercial de su establecimiento deportivo junto a su actual pareja, Micaela Bassett.
Impugnación de la excarcelación ante el Tribunal de Alzada por errónea valoración del riesgo
La decisión magistrada de conceder la soltura del entrenador mediante el depósito de la caución económica será objeto de una profunda revisión jurídica en los próximos días. Las representaciones legales de las víctimas formalizaron la presentación de un recurso de apelación ante el Tribunal de Alzada, fundamentando el agravio en una supuesta arbitrariedad y omisión por parte de la jueza Norma Morán al momento de ponderar los indicadores de peligrosidad procesal y el riesgo latente de amedrentamiento a los testigos de la causa.
Los fundamentos de la acusación para revertir el cese de prisión abarcan las siguientes consideraciones técnicas:
- La contradicción intrínseca existente entre el dictamen aislado de la pericia psiquiátrica oficial y el cúmulo de pruebas fácticas y testimoniales que acreditan la repetición de conductas agresivas en el tiempo.
- El estado de vulnerabilidad extrema y el pánico manifestado por las víctimas ante la posibilidad de cruzarse con el agresor en la vía pública tras la reapertura de su gimnasio.
- La insuficiencia de la fianza monetaria de 10 millones de pesos como mecanismo de sujeción al proceso, considerando la capacidad económica del imputado y la gravedad institucional de registrar ocho denuncias concurrentes en una misma plataforma judicial.
