El Gobierno reformó el régimen aduanero postal: unificó el «puerta a puerta» con los courier y liberó las exportaciones por correo

El Gobierno reformó el régimen aduanero postal: unificó el «puerta a puerta» con los courier y liberó las exportaciones por correo

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó una profunda reforma estructural del régimen que regula el ingreso y egreso de mercaderías por vía postal. A través del Decreto 604/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, la administración central modificó la reglamentación histórica del Código Aduanero con el propósito de simplificar los trámites para los consumidores, reducir las asimetrías operativas del comercio electrónico transfronterizo y fomentar la inserción de pequeños productores locales en el mercado internacional.

La nueva normativa unifica los criterios tributarios de los envíos que ingresan al país por el operador postal estatal con aquellos tramitados por prestadores privados y reconfigura las pautas de control aduanero bajo los siguientes lineamientos específicos:

  • Unificación con el régimen courier: Se eliminaron las diferencias de tratamiento impositivo entre el sistema «puerta a puerta» tradicional y los Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier). Esta dualidad generaba incertidumbre en los costos finales de los usuarios según la vía de arribo de los paquetes.
  • Nuevos topes de exención: Los envíos postales quedarán exceptuados del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística siempre que el valor de la mercadería no exceda los USD 400 FOB por encomienda. El beneficio se mantendrá para un máximo de cinco envíos anuales por persona. Todo monto excedente quedará supeditado a los tributos establecidos por el régimen general de importación para consumo.
  • Representación automática: El Operador Postal quedará facultado de forma directa para actuar en representación del destinatario durante el despacho aduanero. El usuario solo intervendrá de manera presencial o mediante un tercero si lo notifica fehacientemente antes de que el paquete ingrese al territorio nacional. El servicio aduanero mantendrá intacta su potestad de apertura y verificación física.

Apertura total para las exportaciones comerciales

Uno de los puntos más disruptivos del Decreto 604/2026 consiste en la reglamentación, por primera vez, de las exportaciones con finalidad comercial mediante el operador postal nacional. A partir de esta medida, las pequeñas y medianas empresas o comerciantes independientes podrán realizar ventas al exterior utilizando canales de tramitación simplificada —amparados en los convenios de la Unión Postal Universal— sin límites de valor económico ni topes financieros. Hasta este cambio, las normativas vigentes solo contemplaban los despachos postales internacionales sin fines comerciales, limitando la operatoria de envíos a obsequios o asistencia familiar.

Finalmente, el ordenamiento también actualizó los montos máximos permitidos para las remisiones al exterior que no persiguen fines de lucro comercial. Para los envíos encuadrados como ayuda familiar o regalos personales, el texto gubernamental sostiene la exención de los tributos que gravan la exportación para consumo en general, fijando un nuevo techo de valor acumulado de USD 5.000 mensuales por remitente. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será el organismo encargado de dictar las resoluciones complementarias y los manuales de procedimiento para la inmediata aplicación del nuevo esquema aduanero.

Compartir