El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó la reglamentación para la apertura y funcionamiento de cuentas sueldo en dólares estadounidenses a través de la Comunicación «A» 8460/2026. La disposición adecua la normativa bancaria al marco regulatorio fijado por la Ley de Modernización Laboral, que habilita el pago de salarios en moneda extranjera cuando exista acuerdo entre empleador y trabajador.
Gratuidad del servicio y retiro de fondos
La norma ratifica la gratuidad del mantenimiento de estas cuentas para los importes derivados de la relación laboral, beneficio que se mantendrá de forma indefinida sobre los salarios depositados que no sean retirados de inmediato. En materia operativa, las entidades bancarias estarán obligadas a garantizar depósitos y extracciones en efectivo dentro de la sucursal de radicación de la cuenta, en tanto que la operatoria en otras filiales o cajeros automáticos estará sujeta a la disponibilidad de efectivo de cada institución.
Alcance de la normativa y marco legal
Desde la autoridad monetaria aclararon que la medida no obliga a las empresas a abonar haberes en dólares, sino que fija el esquema operativo para procesar este tipo de liquidaciones dentro del sistema financiero formal. De este modo, la reglamentación instrumenta la modificación realizada sobre el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo, que contempla el pago de remuneraciones tanto en moneda nacional como extranjera.
