A través del Decreto 697/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso la disolución del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), organismo encargado de la aplicación del Código Alimentario Argentino (CAA). La norma reorganiza la estructura de control de productos alimenticios mediante la distribución de sus competencias entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y la cartera sanitaria nacional.
Reorganización de competencias y simplificación normativa
El nuevo marco operativo redefine el rol de cada organismo e introduce modificaciones en el esquema de fiscalización:
- Distribución de funciones: El Ministerio de Salud de la Nación mantendrá a su cargo la definición de la política alimentaria, mientras que el SENASA asumirá las tareas relativas al registro, control y fiscalización del cumplimiento de las pautas del Código Alimentario en todo el territorio nacional.
- Importaciones y equivalencias: Se estableció el reconocimiento automático de certificaciones sobre aditivos, ingredientes y coadyuvantes tecnológicos procedentes de países con sistemas de control validados o adheridos al Codex Alimentarius. Asimismo, se suprimen auditorías y trámites de evaluación para alimentos importados que ya cuenten con aprobación en sus mercados de origen.
- Prioridades en materia de salud: La cartera de Salud focalizará sus líneas de acción normativas en la reducción y eliminación de colorantes y saborizantes sintéticos en alimentos procesados.
