A través de la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), el Gobierno oficializó las nuevas condiciones para la tenencia, registración y uso de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas.La normativa, firmada por el titular del organismo Juan Pablo Allan, encuadra estos accesorios dentro de la categoría de Uso Civil Condicional y establece un trámite simplificado para la inscripción de armas heredadas.
Requisitos para el registro de accesorios
Los legítimos usuarios que pretendan acceder a supresores de sonido o dispositivos de visión nocturna deberán cumplir con los siguientes puntos:
- Credencial y pertenencia: contar con la condición de Legítimo Usuario de Uso Civil Condicional vigente y acreditar ser socio de un club de tiro habilitado o poseer una licencia de caza activa.
- Compatibilidad y trazabilidad: declarar armas registradas a su nombre que sean compatibles con el accesorio.Aquellos insumos importados que carezcan de numeración de fábrica deberán solicitar un número de serie oficial para su grabado.
- Registración independiente: la autorización sobre el accesorio será autónoma del arma, lo que permitirá utilizarlo en distintos equipamientos compatibles siempre que pertenezcan al mismo titular.
- Comercialización: la importación, fabricación y venta continuará reservada de forma exclusiva a usuarios comerciales inscriptos ante el RENAR.
Procedimiento para la registración de armas heredadas
La resolución agiliza la inscripción de armamento perteneciente a personas fallecidas sin la exigencia previa de una declaratoria judicial de herederos.Quien inicie la solicitud deberá ser Legítimo Usuario (o tramitarlo en simultáneo), presentar documentación fehaciente que pruebe el vínculo familiar y firmar una Declaración Jurada certificada que deje constancia de la ausencia de disputas entre herederos.El trámite tiene carácter únicamente administrativo y de control, por lo que no otorga derechos sucesorios ni títulos de propiedad.
Evaluación para la portación de armas de guerra
Para la concesión o renovación de permisos de portación individual a civiles, la Comisión de Portaciones y Sanciones evaluará cada caso en función de la actividad profesional del solicitante, su exposición a riesgos o amenazas verificables y su entorno geográfico. Asimismo, se exigirá certificado de reincidencia limpio, examen psicofísico aprobado y la acreditación de idoneidad técnica en el manejo de armamento otorgada por un instructor habilitado.
