Según la Unión Argentina de Salud (UAS), que congrega a la mayoría de las empresas de medicina privada, muchos usuarios se bajarán en los próximos meses.
Las prepagas aplicaron un aumento del 30% en las cuotas de enero, anunciaron otro del 40% para el mes de febrero y se espera una suba también para marzo. Como consecuencia de esta noticia, que golpea fuerte al bolsillo de los afiliados, según un cálculo de la Unión Argentina de Salud (UAS), que congrega a la mayoría de las empresas de medicina privada, el 5% de los usuarios se bajarían de los planes directos (no corporativos).
Desde las empresas afirman que la caída será inevitable. Una de ellas, con un buen porcentaje de afiliados, sostuvo en diálogo con el medio Ámbito que el impacto real se verá recién en marzo cuando a las familias, a la vez del aumento en el servicio de salud, también se le sume la cuota de los colegios.
Ante esta realidad, muchas buscan contener esta pérdida de socios mediante planes low cost con menos servicios en cartilla. Sin embargo, la necesidad de implementar medidas no está presente en todas las compañías. “Entendemos que anunciar un aumento y luego salir con promociones (como hicieron otras empresas) con descuentos para nuevos socios no es justo para los que ya están”, comentó un vocero de la empresa.
En cuanto a precios, se calcula que, para un plan básico de los más baratos, inician desde los $50.000 para planes individuales y, desde $150.000, para una familia. En cualquier caso, los más afectados por esta noticia será los miembros de la clase media.
Un ejemplo básico es OSDE, donde el Plan 210 Individual Directo (de 36 a 64 años) pasará de valer en enero $136.397 a rondar los $174.588 en febrero.
El sector cuenta con 6,5 millones de beneficiarios de los cuales el 70% son usuarios corporativos. El resto, que serán más de 1,5 millones, son particulares. Es en ese segmento, donde algunas empresas estarán apuntando primero a observar cómo es el impacto y, en segundo lugar, a analizar si se toman medidas.
La desregulación de la medicina prepaga y el DNU
Las empresas de medicina prepaga decidieron llevar adelante los aumentos luego del DNU de Javier Milei el 20 de diciembre pasado. El primer anuncio que realizó el mandatario fue la modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales. Luego comunicó la eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
- Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
- Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
- Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
- Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos.
- Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.
El artículo 267 del DNU de Milei deroga «los artículos 5°, incisos g) y m), 6°, 18, 19, 25 inciso a) y 27» de la Ley 26.682, votada en 2011, que ordena el Marco Regulatorio de la Medicina Prepaga, aplicable a todas las empresas y planes de adhesión voluntaria. Al derogar estos incisos, se le quitó al Estado la posibilidad de autorizar y revisar los valores de cuotas. Al poco tiempo, Swiss Medical decidió tomar la delantera y anunciar el aumento de enero.
Rechazan habilitar la feria judicial para tratar los aumentos de las prepagas
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó este miércoles el rechazo a un pedido de habilitación de la feria judicial para tratar un amparo presentado contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en lo que respecta a las modificaciones introducidas en el marco regulatorio de las prepagas.
Los jueces de la sala de feria resolvieron «desestimar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y confirmar el rechazo del pedido de habilitación de la feria judicial formulado», según surge de la resolución emitida este mediodía. La resolución lleva la firma de los jueces de la Sala A de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal Fernando Uriarte, Florencia Nallar y Alfredo Guzmán.
«En las presentes actuaciones el recurrente no acredita ninguna circunstancia apremiante que importe un riesgo actual o inminente en su cobertura médica, en tanto sus agravios sólo refieren a situaciones hipotéticas y conjeturales carentes de respaldo documental», sostuvieron los jueces en el fallo y agregaron: «Adviértase que más allá de sus propias manifestaciones, el apelante no invoca una circunstancia actual de incumplimiento en el pago de las cuotas de salud que, en el hipotético caso de que se tornase efectiva pudiera representar una -también- conjetural situación de inminente desprotección en el derecho a la salud».
La decisión fue adoptada en el marco del expediente iniciado por una acción de amparo presentada por el abogado Eduardo Santiago Wilson, asociado de Swiss Medical S.A., que recayó en el juzgado Civil y Comercial Federal, a cargo del magistrado Juan Stinco.