A través del Decreto 934/2025, el Poder Ejecutivo Nacional oficializó la prórroga de la suspensión de nuevas designaciones en el Sector Público Nacional. La medida busca profundizar el achicamiento de la estructura del Estado, prohibiendo ingresos bajo cualquier modalidad, incluyendo plantas transitorias, contratos de locación de servicios profesionales y designaciones en planta permanente.
Sin embargo, la normativa introduce un esquema de excepciones restrictivas para áreas consideradas estratégicas, bajo una regla estricta: para que se autorice un nuevo ingreso, deberán haberse producido al menos dos bajas previas en la misma jurisdicción.
Alcance de la prohibición y áreas exceptuadas
- Restricción Total: La prohibición alcanza a todos los contratos bajo la Ley Marco de Empleo Público, estatutos especiales y designaciones financiadas con fondos extrapresupuestarios.
- Sectores con Excepciones: Podrán continuar con contrataciones (bajo el esquema 2×1) áreas críticas como las Universidades Nacionales, Fuerzas de Seguridad y Armadas, el Servicio Penitenciario Federal, personal de hospitales nacionales e institutos de investigación de Salud, y el Cuerpo de Guardaparques, entre otros.
- Cargos Ejecutivos: También quedan exceptuadas las designaciones para cubrir jefaturas y cargos de alta dirección (SINEP) y el personal de gabinete.
El nuevo mecanismo de control
Para que una nueva contratación sea efectiva en 2026, el organismo deberá demostrar dos desvinculaciones previas (ya sea por renuncia, jubilación o finalización de contrato). Es importante señalar que los retiros voluntarios no computarán como bajas para habilitar nuevos ingresos.
Además, cualquier alta deberá contar con la validación previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, lo que centraliza el control del empleo público en el Ejecutivo.
