Calendario de feriados 2026: Guía completa de descansos y fines de semana largos

Calendario de feriados 2026: Guía completa de descansos y fines de semana largos

Con el inicio del nuevo año, se ha dado a conocer el cronograma oficial de feriados para el 2026. El calendario destaca por ofrecer una gran cantidad de oportunidades para el descanso, con un total de once feriados inamovibles y once fines de semana largos (incluyendo versiones «extra largos»). Como dato curioso, septiembre se mantiene como el único mes del año sin días festivos.

Cronograma de feriados y días no laborables

  • Febrero: El primer fin de semana extra largo llega con el Carnaval, el lunes 16 y martes 17.
  • Marzo: Se suma otro descanso extendido por el Día de la Memoria (martes 24), con un puente turístico el lunes 23.
  • Abril: Mes de fuerte actividad turística. El jueves 2 coincide el Día de las Malvinas con el Jueves Santo, seguido por el feriado de Viernes Santo el día 3.
  • Mayo: Cuenta con dos fines de semana largos de tres días: el viernes 1 (Día del Trabajador) y el lunes 25 (Revolución de Mayo).
  • Junio: El feriado de Güemes se traslada al lunes 15, mientras que el sábado 20 se conmemora el Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano.
  • Julio: Un nuevo fin de semana de cuatro días gracias al Día de la Independencia (jueves 9) y un puente turístico el viernes 10.
  • Agosto: Descanso de tres días por el Paso a la Inmortalidad de San Martín, trasladado al lunes 17.
  • Octubre: El lunes 12 se celebra el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • Noviembre: El Día de la Soberanía Nacional se traslada al lunes 23, generando otro fin de semana largo.
  • Diciembre: Cierra el año con un puente el lunes 7 previo al Día de la Virgen (martes 8) y el feriado de Navidad el viernes 25.

¿Cómo se cobran estos días?

Es fundamental distinguir entre las dos categorías legales para el pago de haberes:

  • Feriado Nacional: Rigen las normas de descanso dominical. Si se trabaja, el empleado debe percibir el doble de la remuneración habitual.
  • Día No Laborable: El empleador tiene la facultad de decidir si se trabaja o no. En caso de actividad, el pago es simple (remuneración normal).
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