El Ministerio Público Fiscal ha presentado un recurso formal ante la Cámara Federal de Casación Penal para revisar la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6. Las fiscales Gabriela Baigún y Mariela Labozzetta buscan revertir la condena inicial, argumentando que el tribunal omitió componentes fundamentales del ataque ocurrido el 1° de septiembre de 2022.
Las penas solicitadas
La fiscalía ha solicitado elevar las condenas de la siguiente manera:
- Fernando Sabag Montiel: De 10 años a 15 años de prisión.
- Brenda Uliarte: De 8 años a 14 años de prisión.
Los tres pilares del agravamiento
El recurso se fundamenta en la calificación del hecho como homicidio triplemente agravado en grado de tentativa, bajo las siguientes figuras:
1. Alevosía y estado de indefensión
Las fiscales sostienen que existió alevosía porque el atacante aprovechó una situación de vulnerabilidad extrema. Sabag Montiel se infiltró entre los simpatizantes, simulando ser uno de ellos para acercarse a corta distancia sin alertar a la custodia ni a la propia exvicepresidenta. El hecho de que el disparo no se concretara por una falla técnica no disminuye la intención de aprovecharse de la indefensión de la víctima.
2. Violencia política de género
Este es uno de los puntos más críticos de la apelación. La fiscalía cuestiona la visión del tribunal que limitó la violencia de género a relaciones privadas. Argumentan que:
- El ataque se enmarca en la Ley 27.533, que reconoce la violencia política contra las mujeres.
- Fue un intento de femicidio motivado por el rol institucional y la visibilidad de la víctima.
- El atentado buscaba un «castigo y disciplinamiento» dentro de una lógica patriarcal hacia una mujer con poder.
3. Uso de arma de fuego
Se insiste en la gravedad del uso de un medio letal en un contexto de concurrencia masiva, lo cual potencia el peligro social del acto.
Crítica al fallo del Tribunal N°6
Las fiscales consideran que la sentencia de octubre realizó una «interpretación restrictiva» de la normativa vigente. Según el Ministerio Público, el tribunal no valoró pruebas decisivas que demuestran que el móvil del atentado no fue un hecho aislado de inseguridad, sino un acto de violencia estructural dirigido contra una figura política femenina de máxima jerarquía.
