De esta manera, la provincia se adhiere a la Ley Alcohol Cero, que se promulga por todo el país.
«Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 0,0 miligramos por litro de sangre; el conductor que infrinja lo dispuesto será sancionado con multa de 300 UF a 1000 UF, más inhabilitación accesoria para conducir entre 15 días a 2 años», dice la nueva modificación del artículo 72 de la Ley 7.166, del Código de Faltas de Tránsito de la Provincia.
De esta manera, la provincia se adhiere a la Ley Alcohol Cero, que se promulga por todo el país.
«En igual sentid o, la misma prohibición y las sanciones dispuestas precedentemente se aplicarán a los conductores de motos, ciclomotores o cuatriciclos autorizad os para ser librados al tránsito público, y a los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga. En estos casos no resulta aplicable el beneficio de pago voluntario previsto en el presente Código», concluye la misma modificación.
El valor actual de la UF corresponde a $256.8 y fue establecido por la Resolución RS-2023-16493902. Por lo que de esta manera los conductores que infrinjan la misma ley se enfrentaran a multas desde los 7.000 hasta los 260.000 pesos.
El costo de cada UF se actualiza a través de una fórmula que promedia el precio de medio litro de nafta premium en la Ciudad. El dato es publicado por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Ciudad, que lo actualiza cada 6 meses.
El incremento modifica los valores pagados hasta ahora. Y aunque la multa sea de hace dos años, el costo se calcula al valor actual de la UF.