El BCRA flexibiliza el cepo al dólar para los empleados que trabajan para el exterior

El BCRA flexibiliza el cepo al dólar para los empleados que trabajan para el exterior

La entidad monetaria decidió estirar el plazo que tienen los freelancers que cobran en dólares para ingresar las divisas al país.

A medida que puede, el Gobierno flexibiliza algunas de las trabas que impone el cepo cambiario. Este jueves, el Directorio del Banco Central (BCRA) decidió dar una facilidad a los profesionales freelanceque exportan servicios y quieren traer sus dólares al país.

Aquellos que trabajan para el exterior pueden ingresar sin pasar a pesos hasta US$24.000 por año calendario. Dicho monto fue duplicado durante la gestión de Javier Milei y en el Gobierno no descartan volver a adecuar la cifra el año que viene.

Sin embargo, los profesionales debían ingresar las divisas dentro de los cinco días posteriores al pago. De no hacerlo durante ese lapso, la entidad financiera debía convertir a pesos el monto, al tipo de cambio oficial, que opera debajo de los $1000. Esto ocasiona una pérdida respecto del valor de venta de esos mismos dólares en el mercado financiero, donde cotiza arriba de los $1100.

Ahora, el plazo para ingresar los dólares se alarga hasta los 20 días. La lógica detrás de la decisión que el BCRA oficializó mediante la comunicación “A” 8116 tiene que ver con los costos. Recibir una transferencia bancaria internacional tiene un costo fijo, más allá del monto, que puede resultar muy caro si se ingresan pagos pequeños. Al tener más tiempo para ingresar ese dinero, los freelancerspodrán agrupar varios pagos en una misma transferencia y bajar el costo de traer sus dólares al país.

Cuáles son las actividades que pueden ingresar dólares al país sin pasarlos a pesos

Según la normativa de exterior y cambios del Banco Central, están exceptuados de liquidar sus cobros aquellas personas que exporten servicios en los siguientes rubros:

Mantenimiento y reparaciones; Construcción; Telecomunicaciones; Informática; Servicios de información; Cargos por el uso de la propiedad intelectualInvestigación y desarrollo; Servicios jurídicoscontables y gerenciales; Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública; Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos; Servicios relacionados con el comercio; Otros servicios empresariales; Servicios audiovisuales y conexos; Otros servicios personalesculturales y recreativos; Otros servicios de saludEnseñanzas educativas.

Para poder hacer la exportación de servicios, el profesional debe tener una cuenta en dólares a su nombre para acreditar las divisas y un monotributo en el que tendrá que establecer un punto de venta específico para facturar las exportaciones con una factura tipo “E”.

Compartir