La medida se oficializó a través de un DNU, publicado en el Boletín Oficial.
Tal como se había anunciado, este miércoles el Gobierno implementó una nueva norma sobre hipotecas divisibles para inmuebles destinados a proyectos inmobiliarios. Lo hizo a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1017/2024, publicado en el Boletín Oficial.
En los considerandos, se explica que la medida busca «impulsar y consolidar un mercado de créditos hipotecarios robusto y sostenible en el tiempo» para «mejorar el acceso a la vivienda de muchas familias» y al mismo tiempo «ayudar a estabilizar sectores económicos, impulsar el empleo en la construcción y los sectores ligados a la misma».
Hipotecas divisibles: qué son y cómo funcionan
La medida implementada mediante el DNU establece nuevos tipos de hipotecas y facilita el acceso a créditos para quienes desean invertir en viviendas. Entre los principales cambios, se destacan:
- Hipotecas divisibles para proyectos inmobiliarios: permite a cada comprador asumir su propia deuda individualmente cuando adquiere una unidad de un desarrollo inmobiliario. Esta modalidad aplica a proyectos sujetos a propiedad horizontal o subdivisiones, permitiendo que la deuda se divida de acuerdo con cada unidad o lote adquirido.
- Hipotecas sobre el derecho real de superficie: habilita el uso del derecho real de superficie como garantía hipotecaria. Esto significa que quienes posean un derecho a construir sobre un terreno ajeno podrán utilizar ese derecho como garantía, facilitando el financiamiento para proyectos habitacionales y de construcción.
- Registro de boletos de compraventa: se podrán registrar boletos de compraventa de unidades futuras, como aquellos que aún no están construidos. Esta medida aporta seguridad jurídica a las preventas de unidades inmobiliarias, ya que el registro brindará publicidad y respaldo legal a estos contratos, protegiendo los derechos de los compradores.
- Seguro facultativo para proyectos en construcción: hace optativo el seguro para contratos de prehorizontalidad. Con esta disposición, quienes adquieran unidades en construcción pueden optar por contratar el seguro o no, lo que permite mayor flexibilidad y autonomía a las partes en cada contrato.
Requisitos para las hipotecas divisibles
En el artículo 2 del decreto, se establece que el acto constitutivo de la hipoteca divisible deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- El dominio del inmueble deberá constar libre de gravámenes o los existentes deben ser reconocidos por el acreedor.
- Se tendrá que contar con un proyecto que determine la modalidad de la subdivisión, en el que deberá constar el número, características y destino de las futuras unidades funcionales o lotes de terreno, que describa el proyecto
- Debe haber conformidad de las partes para que concluida la división del inmueble y transferido el dominio o constituido el derecho real de superficie a favor de cada adquirente, se proceda conjuntamente con la división del crédito y de la garantía hipotecaria que, desde ese momento, afectarán individual e independientemente a cada unidad o lote o superficie por el saldo que le pudiere corresponder a estos últimos.
- Al dividirse el inmueble objeto del desarrollo inmobiliario, el crédito y la hipoteca, podrá transferirse a los respectivos adquirentes, quienes asumirán el saldo de deuda correspondiente a su propia unidad funcional.