La AFIP habilitó la inversión de fondos de blanqueo impositivo en proyectos inmobiliarios sin tope ni costo

La AFIP habilitó la inversión de fondos de blanqueo impositivo en proyectos inmobiliarios sin tope ni costo

Quienes se sumen al blanqueo de capitales a través de inversiones inmobiliarios podrán exteriorizar fondos de la evasión impositiva sin límite y sin penalidades.

El gobierno de Javier Milei sigue adelante con su plan de premiar a los evasores y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este lunes el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) para inversiones surgidas en el marco del blanqueo de capitales en obras nuevas o con un grado de avance de hasta 50%.

Así quedó plasmado en la Resolución General 5549/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la titular de la AFIP, Florencia Misrahi. Los desarrolladores inmobiliarios podrán informar las obras que califican para invertir fondos del blanqueo mientras quienes se sumen a la exteriorización de estos fondos evadidos del control fiscal podrán hacerlo sin topes ni penalidades a pagar.

Podrán ingresar al REPI «los sujetos alcanzados son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra».

«Quienes se inscriban en el registro, no deben abrir una Cuenta Especial de Regularización para recibir los fondos regularizados, simplemente deben asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto. Esta medida se encuentra en línea con la reciente Comunicación “A” 8090 dictada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)», informó la AFIP.

Qué proyectos entran en el blanqueo

La AFIP determinó que en el REPI se incluirán tanto inversiones directas como indirectas para construcción «de edificios residenciales, no residenciales, rurales, loteo de predios, reformas, ampliaciones, instalaciones, mejoras», como también «todo proyecto que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, requiera denuncia, autorización o aprobación de autoridad competente».

Al mismo tiempo, se incluirán aquellos contratos de locación de obras sobre inmueble propio con destino a fines industriales, productivos, de vivienda o comercial.

El organismo recaudador informó además que aquellos sujetos que opten por alguna de las inversiones alcanzadas por la nueva disposición deberán proporcionar «a la entidad bancaria el código de registración del proyecto inmobiliario y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada al proyecto a la cual se realizarán las transferencias de los fondos».

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