En un fallo de alto impacto institucional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó profundizar la investigación contra el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, por presunto lavado de activos. La causa se centra en la compra de un departamento en Miami en el año 2011 por un valor superior a los 400.000 dólares.
Con esta resolución, el máximo tribunal revocó el sobreseimiento que beneficiaba al primo del ex presidente Mauricio Macri y dispuso que la Cámara Federal de Casación Penal dicte un nuevo fallo que contemple las pruebas presentadas por la fiscalía, las cuales habían sido ignoradas en instancias anteriores.
Los ejes de la sospecha: la operatoria en Miami
La investigación, que tuvo su origen tras el escándalo de los Panamá Papers en 2016, analiza la adquisición del inmueble a través de la sociedad «Icon Unit 1704», constituida en EE. UU. por Jorge Macri y su entonces esposa. Según la fiscalía, existen indicios de que los fondos utilizados podrían provenir de actividades ilícitas bajo una simulación de préstamos.
Los puntos más llamativos detectados por la Procuración incluyen:
- Préstamos simulados: El inmueble se pagó en parte con un crédito de 184.000 dólares otorgado por la firma uruguaya Fawsley SA. No se acordaron pagos de intereses y el único respaldo era un pagaré.
- Triangulación offshore: La deuda de ese préstamo fue cedida luego a Cometas Company Inc., una firma de Panamá que terminó siendo adquirida por una hermana de Jorge Macri.
- Beneficio económico veloz: El departamento se vendió menos de un año después de su compra con un 25% de ganancia, lo que para los investigadores facilitó el «blanqueo» de la diferencia.
- Falta de cancelación: Hasta 2016, no se había registrado el pago de la deuda, la cual fue finalmente exteriorizada por la hermana del funcionario en un régimen de sinceramiento fiscal.
El fallo de la Corte y el rechazo a la «excursión de pesca»
La resolución fue firmada por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Pablo Candisano Mera y Abel Sánchez Torres. En minoría votó Carlos Rosenkrantz, quien consideraba que el caso debía cerrarse.
La mayoría de la Corte aclaró que, si bien el tribunal rechaza las investigaciones basadas en generalidades (conocidas como «excursiones de pesca»), en este expediente existen elementos concretos y fundados que fueron «soslayados dogmáticamente» por los jueces de Casación.
El tribunal recordó que los funcionarios públicos están sujetos a un «escrutinio más estricto en materia de transparencia patrimonial» y que cerrar la causa sin agotar las medidas de prueba solicitadas por el fiscal Mario Villar constituía una decisión arbitraria que vulneraba la garantía de defensa en juicio.
