La Justicia Federal hizo lugar a un amparo colectivo y declaró inválido el Decreto del Poder Ejecutivo que había suspendido la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad. Este fallo obliga al Gobierno a cumplir y aplicar la norma de manera inmediata.
Detalles del Fallo Judicial
El Juzgado Federal de Campana emitió la sentencia, que surge de un amparo colectivo presentado por familias, organizaciones (como CAIDIS, FAICA, AIEPESA, y ATAECaDis) y profesionales del sector.
La decisión clave fue declarar la invalidez del artículo 2° del Decreto 681/2025, con el cual el Gobierno de Javier Milei había frenado la ley, argumentando que no se había especificado la fuente de financiamiento de los fondos.
El juez sostuvo que «nada impide al Estado cumplir con la ley y financiarla como ya hizo en otros casos», desestimando así los riesgos fiscales planteados por la Casa Rosada. También consideró que suspender la ley violaba la supremacía constitucional y los principios fundamentales de los tratados internacionales de derechos humanos.
La Ley y su Impacto
La Ley de Emergencia en Discapacidad fue aprobada por el Congreso con mayoría especial y tiene vigencia hasta el año 2027. Su objetivo es:
- Actualizar aranceles de los prestadores.
- Garantizar la continuidad de los tratamientos.
- Reforzar la protección de derechos básicos del sector.
La suspensión por decreto había agudizado la crisis estructural del sistema de atención a la discapacidad.
Contexto Político
El fallo expone el intento del Poder Ejecutivo de desconocer la voluntad parlamentaria y la legitimidad del Congreso, priorizando el ajuste fiscal sobre derechos esenciales. La disputa se amplía dado que el Proyecto de Presupuesto 2026 presentado por el Gobierno tampoco incorpora las partidas necesarias para implementar la ley y los incrementos aprobados por el Poder Legislativo.
