Oficializan la reforma laboral en Argentina: claves y alcances del Decreto 137/2026

Oficializan la reforma laboral en Argentina: claves y alcances del Decreto 137/2026

El Gobierno nacional puso en vigencia este viernes la denominada «Ley de Modernización Laboral» (Ley Nº 27.802), tras su publicación en el Boletín Oficial. La normativa, que lleva las firmas del presidente Javier Milei y los ministros Manuel Adorni y Sandra Pettovello, introduce cambios estructurales en el sector privado que impactarán de forma directa en el mercado de trabajo de Santiago del Estero.

La reforma busca transformar el sistema de contrataciones formal, modificando aspectos sensibles de la relación laboral que no habían tenido variaciones de fondo en décadas.

Principales ejes de la nueva normativa

Los cambios más significativos de la ley se centran en la flexibilización de las condiciones de salida y la administración de los beneficios del trabajador:

  • Indemnizaciones: Se establecen nuevos mecanismos de cálculo y alternativas para el cese laboral, permitiendo esquemas que buscan reducir la litigiosidad.
  • Salarios y Vacaciones: Se implementan nuevas reglas sobre las modalidades de pago y la forma en que se otorgan y gozan los períodos de descanso anual.
  • Regulación Sindical: La ley altera aspectos del funcionamiento de las entidades gremiales y su marco de acción dentro de las empresas.

Sectores que quedan excluidos de la reforma

Para evitar confusiones sobre su aplicación, el Artículo 2 del decreto detalla los grupos que no están alcanzados por estas nuevas reglas, manteniendo sus regímenes actuales:

  • Empleados públicos: No afecta a dependientes del Estado nacional, provincial o municipal (salvo convenios específicos).
  • Personal de casas particulares: Se rigen por su ley especial (N° 26.844).
  • Trabajadores agrarios: Sector clave en nuestra provincia, que mantiene su régimen propio, aunque la nueva ley podrá ser aplicada de forma supletoria en casos compatibles.
  • Autónomos e independientes: Quedan fuera los contratistas de obra, servicios, fletes y trabajadores de plataformas tecnológicas.
  • Casos especiales: Tampoco abarca al personal embarcado ni a personas privadas de su libertad.

Esta reforma marca un punto de inflexión para las empresas santiagueñas, que deberán adaptar sus estructuras de recursos humanos a las nuevas disposiciones vigentes desde hoy.

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