Preservación de bosques nativos, becas científicas y hasta el Procrear: todo eso va a dejar de existir con la Ley Bases

Preservación de bosques nativos, becas científicas y hasta el Procrear: todo eso va a dejar de existir con la Ley Bases

Cuando se sancione el proyecto oficialista, Milei va a tener la habilitación para «modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos». No es algo nuevo: ya venía implementando, por ejemplo, el desfinanciamiento del FISU, en el que se financiaba obras en los barrios más carenciados. Tampoco habrá plata para el Plan del Manejo del Fuego o las becas Progresar para estudiantes.

Los diputados del oficialismo y la oposición dialoguista que voten en la madrugada del viernes a favor de la Ley Bases y, en particular, del artículo 5 habilitarán al presidente Javier Milei a «modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos». Se trata de una política que ya empezó a ser implementada por el Gobierno con el desfinanciamiento de fondos como el de Integración Socio Urbana (FISU) y de Desarrollo Provincial.  Los gobernadores se quejaron por lo ocurrido con el último caso, pero que validan al acompañar el voto de sus diputados. Con este herramienta, Milei tendrá la herramienta legal para avanzar sobre los 28 fondos fiduciarios existentes bajo jurisdicción nacional.  

La política de gobierno que el artículo 5 transformará en ley, con el aval del Congreso, fue anunciada por el Poder Ejecutivo en febrero pasado, cuando primero el vocero Manuel Adorni y luego el presidente Milei dijeron que los fondos eran solo «cajas de la política». Entre esas «cajas», el Gobierno podría avanzar con la eliminación de fondos como los de Manejo del Fuego, Protección de Bosques Nativos, promoción de energías renovables, ciencia del conocimiento y ciencia y tecnología o otras políticas exitosas como el Procrear o las becas Progresar.   

En la negociación con la oposición dialoguista y los gobernadores solo un fondo quedó resguardado. «Queda excluido de las facultades de este artículo el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, creado por la Ley N° 25.565″, dice el texto del dictamen de mayoría, que llegó con las modificaciones del Senado. 

Durante el debate en la Cámara alta, el bloque de Unión por la Patria solicitó al miembro informante de La Libertad Avanza una modificación del artículo con el objetivo de quitar la palabra «liquidar», con el objetivo de, al menos, dejar activa la herramienta legal más allá del casi seguro desfinanciamiento. Pero fue rechazado por el oficialismo. 

El argumento de la oposición para, finalmente, darle la aprobación a la Ley Bases es que el Gobierno «necesita tener herramientas», pero esta política de eliminación de fondos fiduciarios ya demostró ser arbitraria y deficiente en la aplicación por parte de la gestión de Milei. 

La opereta del FISU

El caso del Fondo de Desarrollo Provincial generó el reclamo de los gobernadores como parte del ajuste que se aplicó sobre las arcas provinciales. Según datos de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, representan cerca del 2 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI) del país. Pero un ejemplo claro fue lo sucedido con el FISU, respecto de la eliminación de una política que funcionó correctamente.   

El FISU, fue creado durante el gobierno de Mauricio Macri y sumó financiamiento con el Impuesto País durante la gestión de Alberto Fernández, sirvió para realizar 1.276 obras de urbanización en 5.060 barrios populares. A fines de febrero, con el Decreto 193/2024, el Ejecutivo reorientó el destino de los fondos recaudados por el Impuesto País y redujo los aportes al FISU a solo un 0,3 por ciento.

Esa decisión se tomó montada en un campaña de desprestigio y falsas noticias contra el MTE, la UTEP y, en particular, contra la figura de Juan Grabois. Sin embargo, como informó PáginaI12, la auditoría que el presidente Javier Milei ordenó hacer sobre el uso del FISU no encontró indicios de malversación dinero, pago de sobreprecios, o algún indicio de delitos cometidos.  “Si quieren decir que hubo delitos, los van a tener que inventar”, sentenció Fernanda Miño, ex titular de la Secretaría de Integración Sociourbana.

En la previa del debate en el Senado, la Red de Autoridades de Institutos de Ciencia y Tecnología (RAICyT) también apuntó sobre cómo el artículo pone en riesgo a este sector clave al indicar que la posible disolución del fondo Fondo de Promoción y Fomento a la Innovación dejaría sin financiamiento a la  Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación. 

En el mismo sentido, antes del primer debate en la Cámara baja, alrededor de 50 organizaciones socioambientales y de derechos humanos –entre las que estaban CELS, FARN, Greenpeace o la Asociación de Abogades Ambientalistas– advirtieron sobre el peligro que implicaba para normativas vigentes:  «La disolución del Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos implicaría la derogación tácita de los artículos del 30 al 39 de la Ley de presupuestos mínimos de protección de los bosques (Ley 26.331)». 

¿Cómo funcionan los fondos fiduciarios y cómo propone desarmarlos la Ley Bases? 

Los fondos fiduciarios son recursos que una entidad, en este caso el Estado nacional, le otorga a otra —una provincia— para que ésta los administre, y que se utilizan como  presupuesto garantizado para asegurar el financiamiento y la estabilidad de un programa público o política de Estado. 

Precisamente, en el caso de los fondos públicos, es el Estado quien delega la administración de fondos a una entidad (que suele ser un banco público, por lo general el Banco Nación o el Banco de Inversión y Comercio Exterior -BICE-) para que los administre en función de determinada política pública. 

Según el artículo 5, que la oposición dialoguista se prestaba a aprobar, en el caso de que el Gobierno decida liquidar y disolver un fondo fiduciario público y discontinuar con el programa asignado deberá avanzar de la siguiente manera: 

  • a) si el fondo fuera financiado por una asignación específica de un impuesto coparticipable, aquella se considerará eliminada y el tributo volverá a distribuido de conformidad con el régimen establecido por la ley 23.548 y sus normas complementarias y modificatorias;
  • b) si el fondo fuera financiado por una asignación específica de un tributo no coparticipable, aquella se considerará eliminada y el tributo volverá a será destinado al Tesoro Nacional; y
  • c) si el fondo fuera financiado por una asignación específica de aportes o recargos obligatorios creados a tal fin, tanto la asignación como los aportes o recargos obligatorios se considerarán eliminados.

Los 28 fondos fiduciarios de jurisdicción nacional, por orden cronológico de creación

  • 1990: Fondo Fiduciario para la Promoción Científica y Tecnológica (Foncyt)
  • 1995: Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial
  • 1997: Fondo Fiduciario de Capital Social (Foncap)
  • 1997: Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional
  • 1999: Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal
  • 2001: Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura de Transporte
  • 2001: Fondo Fiduciario de Infraestructura Hídrica
  • 2001: Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas
  • 2001: Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO)
  • 2003: Fondo Fiduciario para la Refinanciación Hipotecaria
  • 2005: Programa Hogares con Garrafa (Hogar)
  • 2012: Fondo Fiduciario Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar)
  • 2013: Fondo Nacional del Manejo del Fuego
  • 2014: Fondo Fiduciario del Servicio Universal para la Argentina Digital
  • 2014: Fondo Fiduciario de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria
  • 2015: Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energías Renovables (Foder)
  • 2016: Fondo Fiduciario para la Vivienda Social
  • 2016: Fondo Fiduciario de Desarrollo Productivo (Fondep, ex Fondear)
  • 2016: Fondo Fiduciario Nacional de Agroindustria (Fondagro)
  • 2016: Fondo Fiduciario para la Cobertura Universal de Salud
  • 2016: Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de Bosques Nativos
  • 2017: Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (Fondce)
  • 2017: Fondo Fiduciario para la Generación Distribuida de Energías Renovables (Fodis)
  • 2017: Fondo de Garantías Argentino (Fogar)
  • 2017: Fideicomiso PPP de Autopistas y Rutas Seguras
  • 2019: Fondo Fiduciario de Asistencia Directa a Víctimas de Trata
  • 2021: Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana
  • 2021: Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento.

Fuente: Página 12

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