Santa Fe promulga ley que prohíbe designación preferencial de familiares en el sector público

Santa Fe promulga ley que prohíbe designación preferencial de familiares en el sector público

Este jueves 20 de marzo se promulgó la ley que fue aprobada por la legislatura a fines de febrero

A menos de un mes de su aprobación, el gobierno de la provincia de Santa Fe ha promulgado una nueva ley que prohíbe la designación preferencial a integrantes del grupo familiar primario en el sector público. La normativa fue publicada como decreto 0481/2025 el pasado 20 de marzo y lleva la firma del gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.

El decreto establece de manera clara: “Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.”

Esta legislación busca garantizar la transparencia y la equidad en la designación de empleados públicos, evitando conflictos de interés y promoviendo la meritocracia en el acceso a cargos en el sector estatal. La decisión del gobierno es un paso destacado hacia la modernización del funcionamiento de la administración pública en Santa Fe.

Qué dice la Ley

Al repasar el articulado de la ley aprobada, se puede conocer en detalle a dónde apunta la medida, que fue impulsada por la diputada provincial del PRO, Ximena Sola.

“Prohíbase en todos los órganos y entes que integran el Sector Público Provincial no financiero, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Ley N° 12.510 y sus modificatorias, la designación preferencial en cargos y empleos a integrantes del grupo familiar primario de los trabajadores que hayan fallecido o que se acojan al beneficio de la jubilación”, dice el artículo 1°.

Asimismo, en el segundo artículo se avanza: “Prohíbase la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de todo convenio en que intervengan las entidades detalladas en el artículo 1º de la presente, hasta que sus estatutos o normas internas se adecúen a lo establecido en el artículo 2”.

Y por último, la norma aprobada a fines de febrero y promulgada este jueves, invita a Municipios y Comunas de la provincia a adherirse a lo anteriormente explicado en el Art. 1 o “a dictar disposiciones similares en sus respectivos ámbitos”, según consta.

Ximena Sola (PRO) Foto: Pablo Aguirre
Ximena Sola (PRO) Foto: Pablo Aguirre

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