En el convenio, se indica que “resulta altamente beneficioso establecer estrechos lazos de cooperación mutua en los temas que hacen a la competencia de las partes; contribuyendo de esta manera, al fortalecimiento y promoción de las instituciones sobre la base del respeto mutuo y de finalidades que animan a las partes firmantes”.
El Defensor del Pueblo de la provincia, Dr. Lionel Enrique Suárez, rubricó con la Asociación de Mediadores de Santiago del Estero «Intermediando», representada por su presidenta, Dra. Evelina Estofán, un convenio marco de cooperación con el fin de coordinar esfuerzos y acciones en la promoción de los derechos de las personas, que coadyuvan en el debido desarrollo institucional, así como la necesidad de potenciar la integración de los distintos sectores componentes de nuestra comunidad en búsqueda de la consolidación de valores como la solidaridad, la participación ciudadana y la responsabilidad social como herramienta para propender al tan ansiado bien común.
Participaron de la firma del convenio, por la Defensoría del Pueblo las Dra. Mariana Brandán y la Dra. Vanesa Rivero y por Intermediando, su secretaria, Dra. Sonia Moglia.
En el convenio, se indica que “resulta altamente beneficioso establecer estrechos lazos de cooperación mutua en los temas que hacen a la competencia de las partes; contribuyendo de esta manera, al fortalecimiento y promoción de las instituciones sobre la base del respeto mutuo y de finalidades que animan a las partes firmantes”.
Consideran que “mediación en general y la mediación comunitaria en particular, se desarrolla como método alternativo de resolución de conflictos propendiendo a generar espacios de diálogo entre las partes involucradas en la búsqueda de una solución pacífica y común con marcadas ventajas de tiempo que es insumido para logar un acuerdo, y económicas evitando someter al ámbito tribunalicio”.
Asimismo, se afirma que “el proceso de mediación lleva implícito la cualidad y naturaleza de confidencialidad permitiendo a las apartes acceder a las audiencias en clima colaborativo, dotando al proceso de un valor superior en relación a los métodos convencionales de resolución de conflicto”.
Por ello, es que “las partes, deciden establecer y profundizar la relación, potenciando el accionar de cada uno de ellas, reconociéndose mutuamente como instituciones con plena capacidad para la suscripción del presente Convenio de Marco de Cooperación”.
En primera instancia acordaron las instituciones intervinientes en “diseñar en forma conjunta un Programa de Cooperación que será coordinado en su ejecución, por los agentes que a tal efecto ambas partes designarán como tales, los que podrán ser reemplazados en cualquier momento con el sólo requisito de su comunicación por escrito a la otra parte. Idéntico criterio se adoptará cuando en razón de los Convenios Específicos que se suscriban en el marco del presente, surja la necesidad de designar coordinadores alternos”.