Suspenden la medida cautelar sobre vencimientos de Bienes y Ganancias

Suspenden la medida cautelar sobre vencimientos de Bienes y Ganancias

La decisión fue adoptada tras el recurso de apelación presentado por el organismo el pasado lunes

   

La Administración Federal de Ingresos Públicos informó que la Justicia suspendió la medida cautelar dispuesta por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12, en relación con los vencimientos de las declaraciones juradas de los impuestos sobre los Bienes Personales y Ganancias.
La decisión fue adoptada tras el recurso de apelación presentado por el organismo el pasado lunes. De esta forma, los plazos previstos en la normativa se encuentran vigentes, según advirtió el organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont. 
La AFIP había apelado una medida cautelar que había obtenido el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
A fin de la semana pasada, en un nuevo capítulo en la pelea entre los contadores representados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires y la AFIP, el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 12 ratificó con una segunda medida cautelar el postergamiento de los vencimientos para las presentaciones de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular.
Los contadores basaron el reclamo de la prórroga en que los aplicativos para cargar las declaraciones juradas y determinar el impuesto a pagar —si corresponde— funcionaron defectuosamente desde que fueron cargados en la página web de la AFIP.  
Y por tal motivo se hizo imposible trabajar de manera adecuada, indicaron.
El plazo previsto en el amparo se corría del 23 al 27 de junio, su fecha original de presentación, al 12 de julio. Previa a la segunda medida cautelar, la AFIP había advertido que se mantenían los plazos originales.

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