A partir del 1 de enero de 2023, los montos que regían para el monotributo quedarán obsoletos y entrarán en vigencia los nuevos. Son los siguientes:
Apartir del próximo año, los montos que surjan de la actualizacion según la modalidad prevista por la normativa vigente en el régimen de monotributo será un 72,48 por ciento más alto que durante el primer semestre de este 2022.
Además, desde enero del 2023, la facturación anual máxima para poder ser monotributista será de 8.040.975 pesos si el contribuyente se dedica al comercio, en tanto que el tope será de 5.650.415 si la actividad desarrollada es la prestación de servicios.
De esta manera, el porcentaje de actualización que tendrán los límites de facturación del Monotributo será de 33,55%, al sumar el índice de movilidad jubilatoria de septiembre y diciembre, y llevará a $5,6 millones el máximo para que los profesionales puedan seguir en el régimen simplificado.
Esa mejora será para casi todas las categorías de 72,44%, frente a una inflación que se estima ya en el 100%, por lo que más monotributistas pasarán al régimen general.
Las categorías A a la C tendrán 114,39% de actualización en 2022, si se suma la ley que mejoró el Monotributo a partir de julio y el índice de movilización previsional de septiembre y diciembre, que sumados dan 33,55%. De este modo, los monotributistas que están más abajo en la escala de ingresos no perderán con la inflación.
En tanto, la categoría D tendrá una actualización de 93,42% y el resto de las categorías hasta la K, se indexarán sólo por el 72,44%, por debajo del aumento del costo de vida.
El máximo de ingresos brutos para permanecer en el Monotributo, si se es profesional o prestador de servicios en general, será desde enero de $5.649.259,13 en la categoría H, y en el caso de venta de bienes, será de $8.039.330,30 en la categoría K.
En julio, una ley del Congreso había impuesto una mejora para que más pequeños contribuyentes pudieran permanecer dentro del Monotributo, que consistió una suba de los límites de ingresos brutos de las categorías de 60,53% en las categorías de la A a la C; de 44,82% para la categoría D, y de 29,12% para el resto de la escala.
Los nuevos topes de facturación tendrán que tenerse en cuenta en la recategorización que corresponderá a los monotributistas en enero próximo.