La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó la actualización del monto correspondiente a la Asignación por Matrimonio, un pago único destinado a personas que contraigan matrimonio y cumplan con las condiciones establecidas por el organismo. Desde mayo de 2026, el beneficio asciende a $123.307 y forma parte del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). El cobro puede solicitarse de manera presencial en una oficina de ANSES con turno previo o a través del canal de Atención Virtual. Para iniciar la solicitud, es necesario contar con los datos personales actualizados y presentar el DNI de ambos cónyuges junto con el acta o partida de matrimonio.
El beneficio está dirigido a trabajadores en relación de dependencia, personas que cobren la prestación por desempleo, beneficiarios de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y titulares de la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur. Por el contrario, quedan excluidos de esta asignación los monotributistas, jubilados y pensionados del SIPA.
Requisitos y plazos vigentes para el trámite
La gestión de la asignación única requiere el cumplimiento de condiciones específicas de ingresos, antigüedad y tiempos de presentación:
- Tope de ingresos: Los ingresos del grupo familiar no deben superar los topes vigentes establecidos por el organismo.
- Registro de la unión: El matrimonio debe estar debidamente registrado en la base de datos de la ANSES.
- Antigüedad laboral: En el caso de los trabajadores registrados, se exige una antigüedad mínima de seis meses al momento de la unión.
- Inicio del trámite: La solicitud debe iniciarse preferentemente dentro de los dos meses posteriores al casamiento.
- Plazo máximo de solicitud: El pago único puede solicitarse hasta un límite máximo de dos años después de la fecha de la unión matrimonial.
- Vencimiento del beneficio: Una vez transcurrido el período máximo de dos años, ya no es posible gestionar el cobro de la asignación.
