La Agencia Nacional de Seguridad Vial oficializó la Disposición 167/2026 para estandarizar las actas de infracción y optimizar la interoperabilidad del scoring federal

La Agencia Nacional de Seguridad Vial oficializó la Disposición 167/2026 para estandarizar las actas de infracción y optimizar la interoperabilidad del scoring federal

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dictó una reforma de carácter estructural en la administración de las políticas de tránsito de la República Argentina mediante la publicación oficial de la Disposición 167/2026. La normativa establece la implantación obligatoria de un nomenclador de códigos unívocos para la totalidad de las infracciones viales constatadas en el territorio nacional, una medida técnica orientada a erradicar las asimetrías regulatorias preexistentes entre los fueros de faltas provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La instrumentación de este código de barras normativo pretende resolver los históricos conflictos de compatibilidad informática y jurídica que afectaban la base de datos de antecedentes de los conductores civiles. Hasta la vigencia de esta disposición, la disparidad en los criterios de tipificación de las actas de choque o infracción impedía la consolidación automática del Sistema de Descuento de Puntos por Infracciones de Tránsito —conocido técnicamente como scoring nacional—, imposibilitando que las penalidades físicas aplicadas en una jurisdicción del interior impactaran de forma inmediata en la Licencia Nacional de Conducir del infractor radicada en otro distrito.

Los mecanismos de integración en el Registro Nacional de Antecedentes, la actualización del valor de las Unidades Fijas en base al costo del combustible y las metas de transparencia fijadas por el Consejo Federal se describen a continuación.

Creación del nomenclador uniforme y la automatización del descuento de puntos

La reforma administrativa impulsada por la ANSV introduce una matriz de codificación idéntica para cada una de las faltas tipificadas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449. Este diseño informático unificado forzará a los agentes viales y a los sistemas de fotomultas de todas las intendencias y provincias adheridas a confeccionar las actas de infracción bajo una misma nomenclatura técnica, simplificando la carga de datos en los sistemas informáticos integrados.

La estandarización procedimental modificará el control de los automovilistas bajo las siguientes variables operativas:

  • El descuento automatizado de los puntos del padrón del scoring nacional (cuyo puntaje de inicio universal se encuentra fijado en 20 unidades por el Decreto 437/2011) al momento en que el juzgado de faltas local emita una sentencia firme.
  • La equivalencia jurídica absoluta entre actas labradas en autopistas federales o caminos vecinales, impidiendo las apelaciones técnicas basadas en vicios de forma por diferencias de criterio local.
  • El intercambio de información digital en tiempo real entre los tribunales de faltas y el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (ReNAT) para agilizar el bloqueo de la renovación del carnet a los infractores crónicos o inhabilitados.

Cálculo indexado de las multas mediante Unidades Fijas basadas en el valor de la nafta

La Disposición 167/2026 ratifica la metodología técnica de valoración económica de las sanciones pecuniarias, eludiendo la fijación de montos fijos en moneda de curso legal para evitar la licuación de las penalidades ante los procesos inflacionarios. El cálculo de las multas continuará rigiéndose por el sistema de Unidades Fijas (UF), las cuales representan una medida equivalente que se actualiza de manera periódica en consonancia con las variables de mercado del sector de los combustibles.

La determinación del costo de cada UF y el impacto en las finanzas de las jurisdicciones se estructuran bajo las siguientes pautas:

  • La referenciación del valor de cada Unidad Fija tomando como base el precio de venta al público del litro de nafta de mayor octanaje (premium), relevado de forma oficial por la sede del Automóvil Club Argentino de la ciudad de La Plata.
  • El establecimiento del costo unitario de la UF en la suma de $2.215, un valor de referencia que las autoridades locales aplicarán de forma proporcional según la gravedad de la falta cometida (por ejemplo, conducir bajo los efectos del alcohol o cruzar un semáforo en rojo conllevan penalidades de centenares de UF).
  • La autonomía de cada jurisdicción provincial o municipal para determinar la cantidad de Unidades Fijas aplicables a cada tipología de falta dentro de los márgenes máximos y mínimos que estipula la ley federal, garantizando que el impacto económico se indexe de forma dinámica con las actualizaciones de tarifas del sector energético.
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