El calendario oficial de feriados para la segunda mitad de 2026 contempla diversas jornadas de descanso y oportunidades de turismo interno. El cronograma nacional combina feriados inamovibles, trasladables y días no laborables con fines turísticos.
Cronograma de feriados restantes
- Agosto: Lunes 17 (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín).
- Septiembre: Sin feriados nacionales.
- Octubre: Lunes 12 (Día del Respeto a la Diversidad Cultural).
- Noviembre: Lunes 23 (Día de la Soberanía Nacional, trasladado).
- Diciembre: Lunes 7 (Día no laborable con fines turísticos), Martes 8 (Inmaculada Concepción de María) y Viernes 25 (Navidad).
Fines de semana largos confirmados
- Del 15 al 17 de agosto: Tres días por el feriado sanmartiniano.
- Del 10 al 12 de octubre: Tres días por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- Del 21 al 23 de noviembre: Tres días por el Día de la Soberanía Nacional.
- Del 5 al 8 de diciembre: Cuatro días por la combinación del feriado turístico y el día de la Inmaculada Concepción.
- Del 25 al 27 de diciembre: Tres días por Navidad.
Diferencia entre feriado nacional y día no laborable
La legislación laboral establece marcos específicos para la aplicación de cada jornada:
- Feriado nacional: El descanso es de carácter obligatorio. En caso de prestar servicios, el trabajador percibe la remuneración habitual con un recargo del 100%, según lo normado por la Ley de Contrato de Trabajo.
- Día no laborable: La adopción del asueto depende del empleador (con excepción de la administración pública y los sectores bancario y educativo). Si el empleado realiza sus tareas, el salario se liquidará de forma regular sin adicionales.
