Atentado a CFK: La Justicia liberó a Agustina Díaz

Atentado a CFK: La Justicia liberó a Agustina Díaz

Desde la Justicia, no encontraron que la evidencia sea «suficiente» para que continúe detenida y ordenaron su inmediata libertad. Nicolás Gabriel Carrizo no corrió la misma suerte y confirmaron su procesamiento.

   

La Cámara Federal porteña revocó el procesamiento de Agustina Díaz, la amiga de Brenda Uliarte acusada de haber sido parte del plan que se puso en marcha para matar a Cristina Kirchner. Según el fallo, al que accedió Infobae, no hay elementos para considerarla partícipe secundaria del atentado ni tampoco encubridora. Y ordenó su inmediata libertad.

La situación fue diferente para Nicolás Gabriel Carrizo, el jefe de los copitos. La Cámara confirmó su procesamiento con prisión preventiva por homicidio doblemente calificado en tentativa, pero le ordenaron a la jueza María Eugenia Capuchetti que evalúe una morigeración en su detención, es decir, la posibilidad de la prisión domiciliaria o el uso de una tobillera electrónica. Además, le quitaron el agravante del intento de homicidio con alevosía, algo que había consentido la querella de la Vicepresidenta.

La decisión fue tomada por los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, quienes también le ordenaron a la jueza profundizar la investigación sobre el rol de la custodia de Cristina Kirchner.

“Tendrá que ahondar la encuesta en orden a otras posibles hipótesis aún no dilucidadas, como ser la actuación de las agencias de seguridad y personal que se encontraban a cargo de la custodia y seguridad de Cristina Fernández, como así también, toda diligencia que se considere pertinente a los fines indicados”, sostuvieron los magistrados en su fallo.

No obstante, el tribunal instó a la jueza a avanzar rápido hacia el juicio oral para Sabag Montiel, Uliarte y Carrizo. “Deberá encomendarse que, con la premura que el caso impone, eleve estas actuaciones respecto de los imputados cuyas situaciones procesales se encuentran resueltas a la instancia de debate oral y público, etapa que resulta la adecuada para el análisis y confronte global de los elementos probatorios aquí colectados; esto sin perjuicio de continuar con las diligencias pertinentes en los demás legajos de investigación formados al efecto, y profundizar, agotando cualquier hipótesis que pueda vincularse con este hecho de gravedad institucional, determinar la pauta de contexto que motivara el fin perseguido por los autores y eventuales o posibles cómplices del hecho criminal”, sostuvo la resolución.

Con información de Infobae

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