Los estudiantes pertenecientes a la línea Progresar Obligatorio deberán acreditar la realización de actividades de extensión formativa para acceder al cobro de las cuotas estímulo de $35.000 proyectadas para el segundo semestre de 2026. La medida fue oficializada por la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano a través de la Resolución 172/2026 y resultará de cumplimiento obligatorio para habilitar la liquidación del beneficio.
Actividades válidas y modalidades de cursada
La normativa contempla que los titulares del programa puedan certificar su participación en propuestas académicas y comunitarias tales como cursos de capacitación, talleres, seminarios, jornadas de formación, charlas temáticas o exposiciones institucionales. Estas instancias formativas podrán realizarse tanto en modalidad presencial como virtual, siempre que estén dictadas u organizadas por establecimientos educativos u organismos públicos del ámbito municipal, provincial o nacional.
Objetivos pedagógicos y validez del trámite
Desde la cartera educativa explicaron que la exigencia tiene por objeto complementar el trayecto escolar formal, fomentar la permanencia en el sistema educativo y brindar herramientas clave para el desarrollo personal y profesional de los jóvenes. Para asegurar la percepción de las sumas adicionales, las autoridades indicaron que los beneficiarios deberán presentar la certificación correspondiente en los plazos que establezca el organismo, advirtiendo que el incumplimiento del requisito imposibilitará el cobro del estímulo económico.
