El feriado nacional del lunes 17 de agosto por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín genera un fin de semana largo con cese de actividades en escuelas, administración pública y dependencias estatales, mientras que el transporte y los comercios funcionan con cronogramas especiales. Para el sector privado, la prestación de servicios durante esa jornada está sujeta al régimen de liquidación previsto en la normativa laboral vigente.
Liquidación salarial según la Ley de Contrato de Trabajo
El marco legal regula la liquidación de las jornadas trabajadas durante las fechas patrias:
Cálculo de la remuneración: los artículos 166 y 155 de la Ley N.º 20.744 contemplan que quienes trabajen un feriado nacional deben recibir un recargo del 100% sobre su jornada habitual, abonándose el día al doble de su valor ordinario.
Diferencia con días no laborables: a diferencia de las jornadas no laborables —donde la actividad queda a criterio del empleador y se paga como un día ordinario—, los feriados nacionales establecen el derecho a la compensación salarial doble en caso de trabajar.
