El presidente Javier Milei firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, mediante el cual se modifican artículos de la ley migratoria nacional. La norma faculta a las autoridades a denegar el ingreso al país o disponer la cancelación de la residencia y expulsión de aquellos extranjeros que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra los argentinos, o que atenten contra los símbolos patrios.
Causales de restricción de ingreso y cancelación de residencia
La disposición incorpora agregados al artículo 29 y modifica el artículo 62 de la Ley N° 25.871. Con estas modificaciones, la Dirección Nacional de Migraciones queda habilitada para rechazar el acceso o intimar el abandono del territorio nacional a quienes incurran en:
- Emisión de mensajes de odio en forma oral o escrita dirigidos contra el país o sus habitantes.
- Incitación a la violencia contra los ciudadanos argentinos por razones de nacionalidad.
- Participación, realización o incitación a cometer actos de ultraje contra los símbolos patrios.
Alcance normativo y resguardo de la libertad de expresión
El texto del decreto explicita que la aplicación de estas causales de expulsión o restricción administrativa evaluará las condiciones fácticas de cada caso. Asimismo, para resguardar las garantías constitucionales y la libertad de opinión, la norma aclara de manera expresa que no quedarán alcanzadas por las sanciones aquellas manifestaciones vinculadas al disenso ideológico o a críticas de carácter político, académico y ciudadano.
