El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció el envío al Congreso de la Nación de un proyecto de ley que busca reformar de manera integral la Ley General de Sociedades (N° 19.550), vigente desde 1972. La iniciativa del Poder Ejecutivo persigue como objetivo central la flexibilización del sector corporativo a través del desmantelamiento de los controles preventivos estatales y la priorización de la autonomía de la voluntad de los socios en la redacción de sus estatutos, dejando las normativas estatales en un rol de aplicación supletoria.
La propuesta legislativa introduce modificaciones de fondo en las pautas de constitución y resolución de conflictos de las firmas comerciales, al tiempo que incorpora novedosas figuras jurídicas vinculadas a los avances tecnológicos y la economía digital. De acuerdo con la presentación de la cartera de Desregulación, el nuevo marco jurídico pretende reducir de manera drástica los costos de transacción y las exigencias burocráticas internas con el propósito de insertar el derecho societario local en los estándares internacionales y dinamizar la atracción de inversiones de capitales extranjeros.
Objeto social abierto, figuras tecnológicas y simplificación burocrática
Las principales modificaciones al derecho societario, las nuevas estructuras digitales y los mecanismos de agilización corporativa se estructuran bajo los siguientes puntos:
- Flexibilización del objeto comercial: Se eliminan las exigencias de precisar y determinar las actividades de las firmas, habilitando a una sola compañía a desarrollar tareas múltiples y simultáneas sin necesidad de conexidad. En caso de omisión, se asumirá que la firma está facultada para realizar cualquier actividad lícita.
- Prórroga de jurisdicción: El proyecto autoriza a las sociedades radicadas en el país a pactar contractualmente que sus litigios o disputas internas se diriman mediante leyes extranjeras o tribunales de arbitraje privado, sin intervención obligatoria de la Justicia ordinaria local.
- Sociedades Automatizadas: Se otorgará personería jurídica y el beneficio de responsabilidad limitada a empresas que deleguen su andamiaje contable, administrativo y comercial de manera completa en algoritmos de Inteligencia Artificial (IA), funcionando sin necesidad de personal humano en su operación habitual.
- Inclusión de las DAO: Se reglamentará el funcionamiento de las Organizaciones Autónomas Descentralizadas, provenientes del sector cripto. En este modelo, las cuotas de participación de los socios se representarán en tokens digitales y la gobernanza se regirá mediante contratos inteligentes en tecnología blockchain.
- Digitalización obligatoria: La reforma consagra la despapelización total del sistema, estableciendo de manera forzosa los domicilios electrónicos, registros digitales de actas, legajos empresariales virtuales y asambleas mediante transmisión por streaming.
- Mandatos por tiempo indefinido: Las empresas quedarán facultadas para designar directores y administradores por plazos de tiempo indeterminados, removiendo la obligatoriedad de realizar recambios o renovaciones periódicas si el estatuto de la firma así lo estipula.
- Fusiones inmediatas y financiamiento: Se habilitará la absorción directa de subsidiarias controladas en su totalidad por una casa matriz, eliminando los procesos asamblearios duplicados. Además, se agilizará el uso de instrumentos de deuda convertibles en acciones de capital social.
