La judicialización de la reforma laboral sumó un nuevo capítulo favorable a la estrategia legal del Gobierno nacional. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12 dejó sin efecto las medidas cautelares que habían sido concedidas previamente por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 63, a cargo del juez Raúl Horacio Ojeda, en el marco de las demandas promovidas por diversos sindicatos contra la Ley 27.802 de Modernización Laboral.
La resolución se desencadenó a partir de una presentación conjunta efectuada por el Ministerio de Capital Humano, bajo la conducción de Sandra Pettovello, y la Procuración del Tesoro de la Nación, liderada por Sebastián Amerio. Ambos organismos habían solicitado la nulidad de los amparos otorgados en el fuero laboral alegando incompetencia material de dicho ámbito.
El precedente del rechazo a la CGT
La decisión judicial se apoya de forma directa en el fallo dictado el pasado 8 de mayo por ese mismo tribunal contencioso, el cual rechazó la medida cautelar colectiva solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT). En aquella oportunidad, la central obrera pretendía suspender provisoriamente los efectos de más de 80 artículos de la reforma laboral mientras se discutía la cuestión de fondo sobre su constitucionalidad.
Al quedar desestimado el planteo principal de la CGT y declararse la incompetencia del fuero del trabajo, la magistrada interviniente dictaminó que todas las demás cautelares satélites dictadas por los jueces laborales debían quedar sin efecto de manera inmediata para evitar fallos contradictorios.
Concentración de causas en el fuero Contencioso Administrativo
El eje de la disputa radicaba en definir qué fuero judicial debía centralizar los reclamos de los gremios:
- Postura oficial: El Ejecutivo argumentó que, al tratarse de impugnaciones contra una ley nacional y actos del Poder Ejecutivo, la competencia exclusiva corresponde a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal.
- Resolución de la Cámara: Esta posición obtuvo el respaldo de la Cámara Nacional de Apelaciones del fuero, que ordenó la unificación de todos los expedientes dispersos en un único proceso colectivo. Ante esto, el juez laboral Raúl Ojeda terminó remitiendo las causas que tramitaban en su juzgado.
Posición del Poder Ejecutivo
Tras la notificación del fallo, desde la administración central destacaron que las recientes resoluciones judiciales ratifican la plena vigencia de la Ley 27.802. Según el comunicado oficial, la norma busca restablecer la seguridad jurídica, incentivar la creación de empleo privado y modernizar el mercado de trabajo en el país.
Cabe recordar que la Ley 27.802 introdujo modificaciones de fondo en la legislación laboral argentina, abarcando regulaciones sobre modalidades de contratación, regímenes de registración, esquemas de multas por empleo no registrado, penalizaciones a los bloqueos sindicales e intermediación laboral, reformas que continúan siendo objetadas por las organizaciones gremiales en los tribunales.
